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Categoría: Reglamentaciones

Resolución Ministerial del 12/05/2009, que complementa al Decreto Nº157/009 referida a las rutas con circulación habilitada para 4.30 m de altura.

 

RESOLUCIÓN 12/05/2009.

Corredores autorizados de acuerdo a lo previsto en el Decreto Nº157/009, de 16 de marzo de 2009, esta resolución ministerial complementa al mencionado Decreto, normativa referida a las rutas con circulación habilitada para 4.30 m de altura.

 

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS.

Montevideo, 12 de mayo de 2009.

VISTO: el Decreto Nº 157/009 de, 16 de marzo de 2009, por el cual se eleva la altura máxima para los vehículos de transporte de carga al valor de 4,30 m.

RESULTANDO: I) que por el mismo se faculta al Ministerio de Transporte y Obras Públicas a establecer en qué corredores viales se podrá circular con la referida altura.

II) que para contemplar las mayores posibilidades de movimiento de cargas la Dirección Nacional de Transporte ha solicitado información a la Dirección Nacional de Vialidad, respecto de las rutas en las que existen menores restricciones para la circulación de vehículos con la altura mencionada.

CONSIDERANDO: I) que es conveniente establecer cuáles son los corredores autorizados, de acuerdo a la información proporcionada por las Direcciones Nacionales de Transporte y Vialidad.

II) que de esta forma se posibilita la efectiva aplicación de la nueva altura establecida para los vehículos de transporte de carga.

ATENTO: a lo dispuesto en la norma citada en el Visto.

EL MINISTRO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

1º.- De acuerdo a lo previsto en el Decreto Nº157/009, de 16 de marzo de 2009, los corredores que se autorizan son los siguientes:

Montevideo – Colonia por Ruta N° 1

Montevideo – Fray Bentos por Rutas N° 1, 3, 11, 23, 12 y 2

Montevideo – Bella Unión por Rutas N° 1 y 3

Montevideo – Rivera por Ruta N° 5

Montevideo – Chuy por Rutas N° 8 y 9

Montevideo – Melo – Aceguá por Ruta Nº 8

Montevideo – Río Branco por Rutas N° 8, 17 y 18

Montevideo – Nueva Palmira por Rutas N° 1, 3, 11, 23 y 12

Ruta Nº 5 – Ruta Nº8 por Ruta Nº 102 (Anillo Perimetral) a partir de su habilitación

Nueva Palmira – Mercedes por Ruta 21

Artigas – Salto por Rutas N° 4 y 31

Área de Control Integrado (Cabecera Puente Paysandú-Colón) – empalme con Ruta N°3

Ruta Nº 11 en toda su extensión, con excepción del puente sobre el Río San José en el 53km

Ruta N° 14 en toda su extensión

Ruta N° 15 en toda su extensión

Ruta N° 26 en toda su extensión

Asimismo se establece que en la salida de Montevideo por los Accesos Oeste, deberá evitarse el Pasaje Superior en Rambla Baltasar Brum y Bulevar Artigas.

2º.- Comuníquese, publíquese y pase a las Dirección Nacionales de Transporte y Vialidad a sus efectos.-

Victor Rossi.

Ministro de Transporte y Obras Públicas.