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Categoría: Enero/Febrero/Marzo 2015

MURRO:  DECRETO PARA TRANSPORTE DE CARGA PROMUEVE FORMALIZACIÓN E INTEGRACIÓN SOCIAL.

El decreto reglamentario de la ley N.° 19.149, firmado este lunes en Consejo de Ministros permitirá mejorar las condiciones de los trabajadores del transporte, el proceso de formalización del país y continuar con la racionalización y la mejora de calidad del transporte carretero. Así lo afirmó el ministro de Trabajo y Seguridad Social, Ernesto Murro, quien destacó el acuerdo multipartito para la concreción de esta norma.

El ministro de Trabajo y Seguridad Social (M.T.S.S.), Ernesto Murro, destacó la importancia del decreto reglamentario firmado este lunes en Consejo de Ministros el que, a su juicio, continúa en el proceso de promover la formalización y la integración social en el país.

Para el secretario de Estado, es un paso muy importante que permitirá mejorar las condiciones de los trabajadores del transporte y el proceso de formalización, al mismo tiempo que continuar racionalizando y mejorando el transporte carretero.

Durante su intervención en el Consejo de Ministros realizado este lunes en Maldonado, en régimen de sesión abierta, destacó el proceso de diálogo de más de un año que se desarrolló para la consolidación de este decreto, en el que han participado organismos del Estado, organizaciones de empresarios del transporte de cargas y el Sindicato Único del Transporte de Cargas y Ramas Afines (el SUTCRA) del PIT-CNT.

Resaltó asimismo el trabajo que el actual prosecretario de la Presidencia, Juan Andrés Roballo, desarrolló a tales efectos en su anterior rol como inspector Nacional de Trabajo.

El decreto reglamentario de Ley N.°19.149 del 24 de octubre de 2013, en particular sus artículos 207, 208 y 209, establece que los incumplimientos de normas laborales, de seguridad social y tributarias por parte de empresas de transporte de cargas podrán significar la suspensión, el rechazo de una solicitud de inscripción de esas empresas e incluso el retiro definitivo de permiso nacional de circulación que expide la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas (M.T.O.P.).

“Esto que estamos firmando es producto del acuerdo multipartito donde han participado expresamente las organizaciones de empleadores, de trabajadores y el Gobierno, en particular a partir de la Inspección Nacional del Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, junto al M.T.O.P., la Dirección General Impositiva (D.G.I.) y el Banco de Previsión Social (B.P.S.)”, resaltó el ministro.

Por este decreto, insistió finalmente, no solamente habrá un intercambio de información entre todos los organismos involucrados sino que además el Estado tiene la responsabilidad de controlar el cumplimiento de las normas respectivas a efectos de permitir o no la circulación de vehículos en todo el territorio nacional.-

Fuente:  Artículo publicado en la web de "Presidencia" de fecha 23 de marzo de 2015.