Transporte de materiales peligrosos.

Documentos exigidos en las Operaciones de Transporte por Carretera o en Ciudad de las Mercancías Peligrosas.

Está vigente el decreto 560/003 que reglamenta el transporte de mercancías peligrosas en Uruguay. Muchas mercancías que se transportan habitualmente son consideradas como peligrosas y esto es desconocido por el transportista. Esta lista es sumamente amplia y está impresa en  el Acuerdo para la Facilitación del Transporte de Mercancías Peligrosas en el Mercosur editado por el MTOP en 1996, indicándose el producto específico, el cual muchas veces es un componente de un producto final de amplia difusión. Como ejemplos cabe citar: algunos fertilizantes, aceites minerales, perfumes, productos destilados, etc. que contienen productos peligrosos. Es obligación del cargador informar al transportista de que producto se trata y su peligrosidad. A partir del mes de Julio de 2004 comienza a ser obligatoria la aplicación de la nueva reglamentación. La siguiente colaboración ha sido proporcionada por Jesús Ares, Asesoría Técnica de Catidu.

Elementos mínimos OBLIGATORIOS que deben llevarse en el camión:

1) CERTIFICADO DE CAPACITACIÓN para el Transporte de Mercancías Peligrosas, se obtiene toda vez que se participe y supere un Curso de Capacitación, que supere el 80 % de la prueba y tiene una duración de 5 años.

2) CERTIFICADO DE APTITUD TÉCNICA (CAT) para Mercancías Peligrosas, otorgado por el Concesionario SUCTA S.A., conforme a la normativa vigente y cumplimiento del Decreto 560/2003 y Stiker de Vigencia ANUAL.

3) OBLIGACIÓN DE TACÓGRAFO (para camiones que transportan Mercancías Peligrosas a granel).

4) INSTRUCCIONES DE SEGURIDAD EN PREVISIÓN DE ACCIDENTES.

FICHA TÉCNICA ENTREGADA POR EL CARGADOR DE LA MERCADERÍA AL CONDUCTOR DEL CAMIÓN QUE LA TRANSPORTA.

Relativo a la Carga, naturaleza de peligro, Medios de Protección, Medidas de Urgencia, llamando inmediatamente a Policía y Bomberos.

CATIDU junto con otras Organizaciones como la Industria Química, El Servicio Nacional de Emergencia, dependiente de la Presidencia de la República, Organizaciones Públicas y Privadas, están realizando gestiones para obtener un Nº de EMERGENCIA NACIONAL, para el caso de Accidentes o Derrames de las Mercancías Peligrosas.

5) SEÑALIZACIÓN: PANELES Y ETIQUETAS DE RIESGO.

Los vehículos de transporte, se identifican por medio de Etiquetas de Riesgo, que deben tener como dimensiones mínimas: 250 x 250 mm con una línea del mismo color del símbolo a 12.5 mm del borde y paralela en todo su perímetro, según el tipo de Mercadería. Los Paneles de Seguridad, son placas de color naranja, con dimensiones no inferiores a 140 mm de alto y 350 mm de ancho, con un borde negro de 10 mm.

Señalización de materiales peligrosos - Gráfico explicativo con la simbología de los materiales peligrosos que se transportan:

Señalización de materiales peligrosos
Materiales peligrosos

6) EXTINGUIDORES.

Cualquier unidad de transporte que se cargue con Mercancías Peligrosas, debe llevar Extintores de incendio portátiles y con capacidad suficiente para combatir un principio de incendio.

7) KIT DE SEGURIDAD PARA CONDUCTORES:

BOTAS, ANTIPARRAS,  GUANTES, DELANTAL, CASCO , CONOS DE SEÑALIZACIÓN, PALA DE PLÁSTICO, ZAPATOS DE SEGURIDAD.

Por mas información vea el Decreto 560/003 en nuestra sección Decretos dentro de Marco Jurídico.

 


REF.: TRANSPORTE OCASIONAL DE MERCANCÍAS PELIGROSAS.

De acuerdo a lo dispuesto por el MTOP según el Reglamento Nacional de Transporte de Mercancías Peligrosas de reciente aprobación (Decreto 560/2003), SUCTA S.A. informa que los vehículos de carga en general que se deseen habilitar para el transporte ocasional de Mercancías Peligrosas a nivel nacional o internacional, deberán solicitarlo al hacer el trámite de ingreso en la Caja, trayendo asimismo una nota firmada por el responsable de la Empresa donde así lo solicite.

Una vez que el vehículo sale Aprobado (sin o con Observaciones), saldrá una leyenda impresa en la parte inferior del formulario del CAT como sigue:

“Cumple con el literal d) del Artículo 56 del Anexo I del Acuerdo sobre Transporte de Mercancías Peligrosas en el MERCOSUR”.

Se deberá tener presente que las exigencias técnicas de la inspección para este tipo de carga son mayores que para los de uso general, en los siguientes aspectos:

1.    No es aplicable la gradualización establecida por el MTOP el 30/8/99 para vehículos de carga en general (ver listado adjunto), ni el Decreto No. 246/000 del 30 de agosto de 2000 por el que se califica solo Dirección, Luces, Frenos, Cinturones de Seguridad y Neumáticos en eje delantero de vehículos motrices.

2.    La leyenda no sale para los tipos de carga 2 (Refrigerada) ni 3 (Líquida).

3.    La instalación eléctrica será como mínimo con cable principal bajo plástico, con espagueti en toda su extensión o con caño, hasta caja de derivación, desde donde saldrán cables también recubiertos con espagueti o cinta antillama hasta el aplique en sí.

4.    Cuando circulen con carga tendrán que portar la señalización indicada para el transporte de Mercancías Peligrosas  en el Mercosur, a saber:  Parte trasera: etiquetas de riesgo (rombo) y paneles de seguridad para colocar los rótulos de riesgo.

Laterales: etiquetas de riesgo (rombos).

Parte delantera de camiones o remolques: paneles de seguridad para colocar los rótulos de riesgo.

No son más exigibles los triángulos reflectivos rojos en la parte trasera.

5.    A partir del 14/1/2005 se exigirá tacógrafo en el transporte a granel de mercancías peligrosas, el cual se verificará su funcionamiento y calibración en la inspección.

RECUERDE: Una vez que se emite un Certificado de Inspección aprobado sin haber solicitado la habilitación para el transporte ocasional de Mercancías Peligrosas, para obtener la leyenda se deberá realizar una nueva inspección del vehículo donde se controlen los requisitos específicos para este tipo de carga.

                                                                                            
                                                         Fecha:  ----/----/----

Sres.: SUCTA S.A.

El que suscribe, en representación de la empresa  ------------------------------------------------------------------------------------

solicita que el vehículo matrícula ----------------------- sea inspeccionado de acuerdo a las exigencias técnicas establecidas por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas a los efectos de su habilitación para el transporte ocasional de Mercancías Peligrosas.

Firma    : ----------------------------------------------

Nombre:  ----------------------------------------------

C.I.        : ----------------------------

 

SUCTA S.A.       GRADUALIZACIÓN INDICADA POR EL MTOP DESDE EL 30/08/99  
        Modificado el 30/12/99
  APLICABLE A TODOS LOS VEHICULOS  DE CARGA      
  EXCEPTO TRANSPORTE DE MERCANCIAS PELIGROSAS    
Grupo No.   Tipo Decisión Ref.
03 SUSPENSION - EJE 318 Elásticos: fijación defectuosa al chasis (DL) Observado 706A
  330 Muelles: vencidos (DL) Observado 706G
  334 Amortiguadores: fijaciones mal/no existe(Eje trasero) (DL) Observado 707B
  358 Suspensión neumática: fugas en vejigas (DL) Observado 710D
05 MOTOR/ESC./TRASM. 500 Trasmisión de fuerza deteriorada (DL) Observado 801A
  502 Tanque combustible y conex.: fugas (DL) Observado 802A
  506 Tanque de combustible: defecto en fijación (DL) Observado 802C
  508 Tubos comb. en zonas calientes/conex.eléct. (DL) Observado 802D
  514 Caño escape/silenciador: corroído (DL) Observado 803A
  518 Caño escape/silenciador: fuga importante (DL) Observado 803C
  520 Nivel de ruido: supera 84 dB normales (DL) Observado 804A
  521 Emisión de humos: excesiva (DL) Observado 805A
  524 Batería: fijación defectuosa (DL) Observado 806A
06 ILUMINACION 602 Luces gálibo/identif./demarc.: mal ubicadas (DL) Observado 401A
  604 Luces gálibo/identif./demarc.: color inadec. (DL) Observado 401B
  606 Luces gálibo/identif./demarc.: no existe (DL) Observado 401C
  608 Luces gálibo/identif./demarc.: no funciona (DL) Observado 401D
  610 Luces gálibo/identif./demarc.: plástico roto (DL) Observado 401E
  646 Luces largas: excesivo No. de ópticas (DL) Observado 405C
  650 Luces largas: mal ubicadas (muy altas) (DL) Observado 405G
  649 Luces largas: intensidad inadecuada (DL) Observado 405J
  664 Luces de posición: color inadecuado (DL) Observado 407B
  670 Luces de posición: mala sujeción (DL) Observado 407E
  672 Luces de posición: intensidad inadecuada (DL) Observado 407F
07 CHASIS/CARROCERÍA 704 Placas de matrícula: inexistente (DL) Observado 101B
  710 Espejos retrovisores inexist./mala visib. (DL) Observado 102A
  712 Espejos retrovisores mal sujeto (DL) Observado 102B
  720 Guardabarros defectuoso/no existe (DL) Observado 104A
  732 Cabinas, bisagras, anclajes: con óxido (DL) Observado 201A
  734 Cabinas, bisagras, anclajes: con fisuras (DL) Observado 201B
  736 Cabinas, bisagras, anclajes: con daños (DL) Observado 201C
  738 Aristas vivas en exterior/ornamentos (DL) Observado 201D
  740 Puertas, aberturas, capot: defecto de cierre (DL) Observado 202A
  742 Vidrios laterales del. defectuosos o rotos (DL) Observado 203A
  746 Parabrisas: defectuoso/roto/inexistente (DL) Observado 203C
  748 Lunetas: defectuosas/rotas/inexistente (DL) Observado 203D
  750 Estribos: no existen, sobresalen, flojos (DL) Observado 204A
  754 Estribos y pasamanos: en mal estado (DL) Observado 204C
  764 Paragolpes: defectos de sujeción/distancia mal (DL) Observado 206B
  766 Paragolpes: dañado o con aristas vivas (DL) Observado 206C
  770 Chasis, soportes y fijaciones mal (DL) Observado 801B
  772 Paralelismo, simetría y ortogonalidad de ejes (DL) Observado 801C
08 VARIOS 804 Asiento conductor: mal estado/sujeción (DL) Observado 301B
  846 Extinguidores: no existen (DL) Observado 312A
  848 Extinguidores: mal estado/sujeción/ubicación (DL) Observado 312B
  850 Extinguidores: no recargados/revisados (DL) Observado 312C
  852 Bocina: no funciona (DL) Observado 313A
  854 Bocina: intensidad no adecuada (DL) Observado 313B

 

 

REF.:  TRANSPORTE PERMANENTE DE MERCANCÍAS PELIGROSAS.

SUCTA S.A indica a continuación los requisitos técnicos particulares exigidos en la inspección de estos vehículos, de acuerdo a lo establecido por el M.T.O.P. según el Reglamento Nacional de Transporte de Mercancías Peligrosas de reciente aprobación (Decreto 560/2003).

Tener en cuenta que estas disposiciones abarcan los vehículos que transportan líquidos o sólidos peligrosos incluyendo los tractores de arrastre, así como vehículos que transportan en forma permanente gases a presión o sustancias inflamables, explosivas, corrosivas, venenosas, tóxicas, etc.

El Reglamento aprobado exige la inspección técnica para todos estos vehículos independiente de su tamaño, abarcando camiones chicos y camionetas.

Estos vehículos serán ingresados con tipo de carga “Líquidos Peligrosos” para el caso de cisternas o “Mercancías Peligrosas” para los demás casos.

Las exigencias técnicas particulares para este tipo de vehículos son:

1.    No es aplicable la gradualización establecida por el MTOP el 30/8/99 para vehículos de carga en general (ver listado adjunto), ni el Decreto No. 246/000 del 30 de agosto de 2000 por el que se califica solo Dirección, Luces, Frenos, Cinturones de Seguridad y Neumáticos en eje delantero de vehículos motrices.

2.    Para cargas peligrosas inflamables, combustibles blancos o explosivas, la instalación eléctrica en toda la extensión de la caja de carga y derivaciones será recubierta con cañería estanca metálica o de plástico antillama (no se admiten caños cortados longitudinalmente); para tractores de arrastre la instalación eléctrica será como mínimo con cable plástico con recubrimiento de espagueti o cinta antillama en la zona detrás de la cabina.

3.    En caso de ser una carga peligrosa de otro tipo, la instalación eléctrica será como mínimo con cable principal recubierto con spaghetti o cable bajo plástico (aislación y vaina) en toda su extensión, hasta caja de derivación, desde donde saldrán cables también recubiertos con spaghetti o cinta antillama hasta el aplique en sí.

4.    Cuando circulen con carga tendrán que portar la señalización indicada para el transporte de Mercancías Peligrosas  en el Mercosur, a saber: 

Parte trasera: etiquetas de riesgo (rombo) y paneles de seguridad para colocar los rótulos de riesgo.

Laterales: etiquetas de riesgo (rombos).

Parte delantera de camiones o remolques: paneles de seguridad para colocar los rótulos de riesgo.

No son más exigibles los triángulos reflectivos rojos en la parte trasera.

5.    A partir del 14/1/2005, los camiones o tractores para transporte de mercancías peligrosas a granel (sólidos, gases o líquidos) deberán tener tacógrafo, el cual se verificará su funcionamiento y calibración durante la inspección.

 

SUCTA S.A. GRADUALIZACIÓN INDICADA POR EL MTOP DESDE EL 30/08/99  
        Modificado el 30/12/99
  APLICABLE A TODOS LOS VEHICULOS  DE CARGA      
  EXCEPTO TRANSPORTE DE MERCANCIAS PELIGROSAS    
Grupo No.   Tipo Decisión Ref.
03 SUSPENSION - EJE 318 Elásticos: fijación defectuosa al chasis (DL) Observado 706A
  330 Muelles: vencidos (DL) Observado 706G
  334 Amortiguadores: fijaciones mal/no existe (DL) Observado 707B
    (Eje trasero)      
  358 Suspensión neumática: fugas en vejigas (DL) Observado 710D
05 MOTOR/ESC./TRASM. 500 Trasmisión de fuerza deteriorada (DL) Observado 801A
  502 Tanque combustible y conex.: fugas (DL) Observado 802A
  506 Tanque de combustible: defecto en fijación (DL) Observado 802C
  508 Tubos comb. en zonas calientes/conex.eléct. (DL) Observado 802D
  514 Caño escape/silenciador: corroído (DL) Observado 803A
  518 Caño escape/silenciador: fuga importante (DL) Observado 803C
  520 Nivel de ruido: supera 84 dB normales (DL) Observado 804A
  521 Emisión de humos: excesiva (DL) Observado 805A
  524 Batería: fijación defectuosa (DL) Observado 806A
06 ILUMINACION 602 Luces gálibo/identif./demarc.: mal ubicadas (DL) Observado 401A
  604 Luces gálibo/identif./demarc.: color inadec. (DL) Observado 401B
  606 Luces gálibo/identif./demarc.: no existe (DL) Observado 401C
  608 Luces gálibo/identif./demarc.: no funciona (DL) Observado 401D
  610 Luces gálibo/identif./demarc.: plástico roto (DL) Observado 401E
  646 Luces largas: excesivo No. de ópticas (DL) Observado 405C
  650 Luces largas: mal ubicadas (muy altas) (DL) Observado 405G
  649 Luces largas: intensidad inadecuada (DL) Observado 405J
  664 Luces de posición: color inadecuado (DL) Observado 407B
  670 Luces de posición: mala sujeción (DL) Observado 407E
  672 Luces de posición: intensidad inadecuada (DL) Observado 407F
07 CHASIS/CARROCERIA 704 Placas de matrícula: inexistente (DL) Observado 101B
  710 Espejos retrovisores inexist./mala visib. (DL) Observado 102A
  712 Espejos retrovisores mal sujeto (DL) Observado 102B
  720 Guardabarros defectuoso/no existe (DL) Observado 104A
  732 Cabinas, bisagras, anclajes: con óxido (DL) Observado 201A
  734 Cabinas, bisagras, anclajes: con fisuras (DL) Observado 201B
  736 Cabinas, bisagras, anclajes: con daños (DL) Observado 201C
  738 Aristas vivas en exterior/ornamentos (DL) Observado 201D
  740 Puertas, aberturas, capot: defecto de cierre (DL) Observado 202A
  742 Vidrios laterales del. defectuosos o rotos (DL) Observado 203A
  746 Parabrisas: defectuoso/roto/inexistente (DL) Observado 203C
  748 Lunetas: defectuosas/rotas/inexistente (DL) Observado 203D
  750 Estribos: no existen, sobresalen, flojos (DL) Observado 204A
  754 Estribos y pasamanos: en mal estado (DL) Observado 204C
  764 Paragolpes: defectos de sujeción/distancia mal (DL) Observado 206B
  766 Paragolpes: dañado o con aristas vivas (DL) Observado 206C
  770 Chasis, soportes y fijaciones mal (DL) Observado 801B
  772 Paralelismo, simetría y ortogonalidad de ejes (DL) Observado 801C
08 VARIOS 804 Asiento conductor: mal estado/sujeción (DL) Observado 301B
  846 Extinguidores: no existen (DL) Observado 312A
  848 Extinguidores: mal estado/sujeción/ubicación (DL) Observado 312B
  850 Extinguidores: no recargados/revisados (DL) Observado 312C
  852 Bocina: no funciona (DL) Observado 313A
  854 Bocina: intensidad no adecuada (DL) Observado 313B

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